DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el defensor privado del acusado JESUS DE NAZARETH MARTINEZ CORDERO, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 264 del Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda mantener la MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contemplada en el artículo 250, en relación con los artículos 251 y 252 ejusdem. SEGUNDO: Acuerda una Audiencia Especial con todas las partes para determinar la procedencia o no de una medida cautelar sustitutiva de libertad menos gravosa y de posible cumplimiento por lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 31 de julio de 2006, a las 9:00 de la mañana.
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