CONDENA al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOROPICAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a cumplir LA SANCION DE UN (01) AÑO de LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "d", en relación con el artículo 626 y 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio al Consejo de Protección, cesando la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad.