En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción.
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo TALLER MIURA, C.A. Sociedad Mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 27 de diciembre de 1983, bajo el numero 57, Tomo 166-A-Sgdo.; domiciliada en Carretera Nacional Charallave- Cúa, Kilometro 08, edificio Spilfer, Sector Aparay, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, con Registro de Información Fiscal Nº J-00183517-2, representada por el ciudadano CARLOS RAMON GARCIA PEREZ, quien es extranjero, mayor de edad, con cedula de identidad E.-81.651.969, en su carácter de representante legal, a pagar a favor de la par.....