declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho CARMEN BARINIA MORALES CHALBAUD, en su carácter de Defensora Pública Primera con Competencia Especial en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, contra la Sentencia publicada en fecha 02 de julio de 2013 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Sección Adolescentes Circunscripcional, mediante la cual Condena al adolescente G.A.G.M. (identidad omitida), a cumplir una sanción socioeducativa de Cinco (05) años de medida privativa de libertad por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificados en los artículos 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal; y, 5 y 6 Ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, respectivamente, por lo que SE CONFIRMA la misma, a través del presente fallo jurisdiccional.