SE ABSUELVE al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad V.-__.__.__, de nacionalidad _______, natural de _______, donde nació en fecha: __-__-__, de ___ años de edad, de profesión u oficio: ________, de estado civil ______, hijo de ______ (v) y de _____ (f), residenciado en: _________, por la comisión de los delitos de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y artículo 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana CECILIA MEZA PALOMINO, en consecuencia se decreta su libertad plena y sin restricciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal " E" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes