Por último, este Tribunal deja establecido que al día hábil siguiente a la presente fecha se iniciaráel lapso de los cinco (05) días de despacho para que las partes presenten por escrito sus respectivos informes, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 84 y 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo. ASÍ SE ESTABLECE. ES TODO.-
Dr. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ DE JUICIO
Abg. SCARLETH C. GUEVARA
LA SECRETARIAACC
LDBP/SCG/lm
EXP Nº 1307-19 RN
Sentencia Nº 030-19