conforme a lo previsto en el artículo 602 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Por UNANIMIDAD ABSUELVE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por no haber pruebas de su participación en la comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA, previsto en el artículo 374 del código penal vigente en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA. En consecuencia se acuerda su libertad plena sin restricciones. El Tribunal se reserva el lapso legal para explanar el texto íntegro de la sentencia de conformidad con lo previsto en el artículo 605 de la LOPNA y e artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se dio lectura al texto íntegro del acta de debate de conformidad con lo previsto en el artículo 369 del Código Orgánico Procesal Penal.................