emite los siguientes pronunciamientos, PRIMERO. CONDENA al adolescente adulto IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de la comisión de LOS DELITOS DE AGAVILLAMIENTO, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y COOPERACION INMEDIATA EN HOMICIDIO CALIFICADO, previstos en los artículos: 286, 458 concatenado con el artículo 83, 406, ordinal 1° en relación con el artículo 84 todos del Código Penal, en perjuicio de quien en vida recibiera el nombre de IDENTIDAD OMITIDA y otros, y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, en perjuicio del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ROBO AGRAVADO, en perjuicio de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y otros, ATESTACIÓN FALSA DE IDENTIDAD, en perjuicio de la Fé Pública y PORTE ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, en perjuicio del Orden Público, previstos en los artículos 406, en concordancia con el artículo 80, 458, 320, 272, 273 y 277 todos del Código Penal Venezolano vigente a CUMPLIR LA SANCIÓN DE CINCO AÑOS (5) DE PRIVACION DE LIBERTAD, en el Internado .....