"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Amparo Constitucional, por considerar que son los Juzgados de la Jurisdicción Contencioso Administrativo los competentes para el conocimiento de la demanda de autos, en consecuencia plantea el conflicto negativo de competencia. Así se establece.
Finalmente, se ordena la remisión del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca el conflicto de competencia planteado ..."