declara CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada en fecha 11 de enero de 2016, por la abogada LILIANA A. GONZALEZ, actuando en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, con respecto a la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana JENIKA VIRGINIA JAEN PINO contra el JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, tramitada en el expediente signado con el No. 20.791 (según nomenclatura interna de ese Despacho).
En virtud de la anterior declaratoria, se ordena la notificación del presente fallo a la Jueza Inhibida y al sustituto temporal para su debida información, ello de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia signada con Nº 1.175, proferida en fecha 23 de noviembre de 20.....