DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos por este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, siendo la oportunidad para pronunciarse en cuanto a lo solicitado lo hace en los siguientes términos DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, presentado sobre Terreno Municipal, así contemplado en el artículos Nº 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil, solicitado por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-6.084.605, según lo establece el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia. SEGUNDO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales que rielan insertos desde el folio cinco (05) hasta el folio diez (10) (ambos inclus.....