ACUERDA OTORGAR Medida Cautelar a los ciudadanos RAMOS MONTESUMA JESUS y GALINDO BLANCO JULIO CESAR, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 19154.822 y 17.459.771 respectivamente, en los términos señalados, todo de conformidad a lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal