Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 2 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORI-DAD DE LA LEY, DECIDE: DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA IMPUESTA al ciudadano SAMUEL ROMERO RODRIGUEZ, de nacionalidad colombiana, natural del Zulia, Departamento Norte de Santander, República de Colombia,,titular de la cédula de ciudadanía Nº E.- 81.792.452, de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión de delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 31 de la Ley de sobre Sustan-cias Estupefacientes y Psicotrópicas, y en consecuencia se decreta SU LIBERTAD PLENA y la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL, derivada de la comisión del tal hecho punible, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal. Líbrese las respectivas notificaciones.