DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de fecha 14/02/2007, presentada por el ciudadano SETTER ALEXANDER AGUILERA LEIRA, titular de la cédula de identidad N° V-14.421.925, actuando en representación de los acusados AGUILERA LEIRA JOSÉ RAFAEL, titular de la cédula de identidad N° V-16.591.912 y LEIRA ELVIS JOEL, titular de la cédula de identidad N° V-16.374.348, conforme al contenido de los artículos 4 y 6 de la Ley de Abogados, al Principio contenido en el artículo 12 del Código Orgánico Procesal Penal (Defensa e igualdad entre las partes), la Garantía prevista en el artículo 49 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Derecho a la Defensa y a la Asistencia Jurídica) y con fundamento a lo dispuesto en decisión de la Corte de Apelaciones Circunscripcional, de fecha 20/09/2004, en la causa signada con el N° 3679-04, con ponencia de la Magistrado Josefina Meléndez.-