Por todos los razonamientos antes expuesto, que este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO, que por CALIFICACION DE DESPIDO incoara la ciudadana MARY JACKELINE GONZALEZ SARAVIA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.311.158 contra la parte demandada LABORATORIOS LETI, S.A.V.