...CON LUGAR la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte demandada abogado PEDRO MANUEL ZOPPI OTAEGUI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.450 contra el auto de fecha 24 de enero de 2013 dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, SEGUNDO: SE ORDENA computar el lapso de suspensión de los 90 días de acuerdo al artículo 96 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República, a partir del día 22 de enero de 2013 fecha en que se constató en autos la última de las notificaciones específicamente de la Procuraduría General de la República. TERCERO: SE REVOCA el auto de fecha 24 de enero de 2013, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. CUARTO:.....