CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente: CON LUGAR, la solicitud de divorcio intentada por la ciudadana EGLEE JOSEFINA MARCANO BARCENAS, titular de la cedula de identidadNº V-6.867.528, en contra del ciudadano ALFREDO ANTONIO ASTUDILO OROZCO, titular de la cédula de identidadNº V-12.014.154, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en la Sentencia 1070, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 22 de diciembre de 1992, ante la Alcaldía del municipio Guanipa Dirección de Registro Civil de San José de Guanipa estado Anzoátegui, según se evidencia en el Acta de Matrimonio Nº 285, del libro correspondiente al año 1992.
Particípese lo conducente a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su cer.....