Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: MARIA DEL CARMEN OTAMENDI BLANCO, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-4.286.212, en virtud que ha transcurrido más de cinco (05) años, sin que se hubiere efectuado el impulso procesal correspondiente.