Posición reiterada en fecha 24 de febrero de 2014, al disentir de mis estimados colegas con base en las mismas consideraciones, de la decisión aprobada por la mayoría de integrantes de la Corte de Apelaciones, que DECLARA NO HA LUGAR POR IMPROPONIBLE la solicitud presentada por los Profesionales del Derecho JOHANA MARÍA LOPEZ OROPEZA y DEIVIS OROZCO GUZMAN y de la ciudadana MARIA ALEJANDRA RODRIGUEZ titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.421.044, en fecha 17DIC2013 y 13ENE2014.
No obstante, en virtud del criterio sostenido y reiterado en cuanto al trámite a seguir en relación a los recursos de apelación en contra de decisiones que decreten el sobreseimiento de la causa en fase intermedia, considera este Juzgador que lo ajustado a derecho es no conocer del fondo del presente asunto. Quedando así plasmado mí desacuerdo con mis estimados colegas.
Dada, firmada y sellada en la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección d.....