, DECLARA la extinción por decaimiento del interés de la acción incoada por el ciudadanoMANÚEL MONIZ, en contra de la ciudadana BRENDA FELICIA MARRERO TOVAR por INTERDICTO DE AMPARO.-
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.-
Para darle cumplimiento a lo establecido en el Artículo 248 eiusdem, déjese copia certificada de la anterior sentencia.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESEyNOTIFÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción del Estado Miranda. Los Teques, Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-