Recibido como ha sido el presente escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES presentado por los ciudadanos KURT MOISES LOEVENTHAL PARRAGA y ROXANA ALEJANDRA DE LA CONCEPCIÓN GARCÍA DELGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NROS V-18.937.873 y V-17.610.744, respectivamente; asistidos por la abogada Carolina Rios Olivier, inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 147.679; este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges en los mismos términos expuestos en su escrito