De la Revisión de las Actas procesales que conforman el presente expediente y de los medios probatorios aportados por las partes este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariana Miranda, administrando justicia en nombre del a República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECLARA lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara el ciudadano MARTIN RAMON SALINAS VILLEGAS venezolano, mayor de edad y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.957.840, contra la Sociedad Mercantil REPUESTOS EWILMAR K88 C.A. inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial Distrito Capital y estado Miranda en fecha 13 de Mayo de 2014, bajo el No. 34, tomo 61-A, representada por el ciudadano WILMER ENRIQUE GAVIDIA ROPERO, venezolano, mayor de edad y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.119.243.