Sobre la base de lo antes expuesto, este Juzgado De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE por la materia para conocer y decidir sobre la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIIRMA, formulada por los ciudadanos: FABRICIANA VIVAS DE SOLER, PEDRO ANTONIO SOLER VARELA y LOIDY CAROLINA SOLER VIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-4.206.035, V-3.429.109 y V-11.506.871, contra los ciudadanos: ANA MARIA VIVAS VIVAS y JESUS GERARDO VERGEL CAMARGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-29.797.864, y V-9.148.530, respectivamente.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA para el conocimiento del presente asunto en el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circ.....