Líbrese las correspondientes notificaciones a las partes; ofíciese a la ONI-DEX, al Consultor Jurídico del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; al Jefe del Departamento de Vigilancia y Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia, al Presidente del Consejo Nacional Electoral; a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia; a la Oficina de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Competencia Penitenciaria, a la defensa y a la penada. Y así mismo, remítase el presente asunto, en la oportunidad legal correspondiente, a la Oficina de Archivo Judicial, para su cuido y custodia.- Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.
LA SECRETARIA
Abg. NAIR RÍOS CHÁV.....