DECLARA REFORMADO EL COMPUTO DE LA PENA del penado BRITO FREDDY ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad N°V-13.692.798, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479, numeral 1° y 482 el Código Orgánico Procesal Penal.
Trasládese al penado e impóngase de la presente decisión. Notifíquese al Consejo Nacional Electoral de la reforma del presente cómputo, en cuanto a la inhabilitación política. Notifíquese al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese al Fiscal con Competencia Penitenciaria, y a la Defensora del Penado. Remítase copia certificada del presente cómputo al Internado Judicial Rodeo I, a los fines de que sea agregado al expediente carcelario del penado. CUMPLASE.