DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Quinto de Control de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sed-e en Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley, acuerda: 1.- Dejar sin efecto el auto de mero trámite mediante el cual fijó la celebración de la audiencia preliminar y; 2.- Remitir la causa al Ministerio Público a los fines de la imputación del investigado y permitir el ejercicio de sus derecho fundamentales en el proceso incoado en su contra.
JUEZ DE CONTROL No. 5
ORINOCO FAJARDO LEON
EL SECRETARIO
Abg. Neptalí González.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECREARIO
Abg. Neptalí González
ASUNTO MP21-P-2005-880.-