PRIMERO: En cuanto al escrito de excepciones presentado por los abogados defensores privados MARCOS HUMBERTO HERNANDEZ y RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, del Imputado RAFAEL JESUS KEY SAYAGO, identificado en autos, que corre a los folios 213 a 236 de la pieza II de la presente causa, y expuestos en forma oral en la presente audiencia por la defensa, este Tribunal lo declara INADMISIBLE, por extemporaneidad, de conformidad al encabezamiento del artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, visto que fue consignado por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en fecha 13 de julio de 2007, y la presente audiencia preliminar fue fijada por este Órgano Jurisdiccional de conformidad al artículo 327 en su encabezamiento, para el día 04 de julio del presente año; en virtud que el citado escrito de excepciones no fue interpuesto como lo indica la norma adjetiva penal, en su encabezamiento, "hasta los cinco días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebración.....