DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil, presentada por los ciudadanos MARVIN RAFAEL CASTRO HERNANDEZ y DANYIR NAZARETH BLANCO AZUAJE, ambos identificados anteriormente y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día11 de agosto de 2.007, como se evidencia del acta de matrimonio inserta bajo el N° 09, del libro de Matrimonio llevado por el Registro Civil de Persona y Electoral Parroquia Paracotos del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, que hoy se encuentran en el Registro Civil del Estado Bolivariano de Miranda.