DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA en base a las motivaciones expuestas en el presente fallo, la sentencia de fecha 17 de mayo de 2018, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, en consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana ROSAURA ANDRADE DE QUIJADA en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL COLEGIO PARROQUIAL JESÚS MARÍA MARRERO (UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO PARROQUIAL JESÚS MARÍA MARRERO), todos plenamente identificados a los autos. T.....