en consecuencia este Tribunal declara DESISTIDA la presente Acción de Amparo Constitucional, de conformidad con lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, ponente Magistrado Dr. Jesús Eduardo Cabrera, de fecha 01/02/2000.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial de Los Valles del Tuy de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, jueves veinte y uno (21) de Octubre del año dos mil diez (2010) AÑOS: 200° y 151°. ES TODO. CHARALLAVE A LA FECHA DE SU CELEBRACION.