Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado JOSÉ GREGORIO SAA MEJÍAS, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nos. 39.100, en su carácter de co-apoderado judicial del demandante, ciudadano LUIGI DE BLASI LA ROCCA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.875.554, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 22 de julio de 2014, la cual se ANULA.
Segundo: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano LUIGI DE BLASI LA ROCCA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.875.554, contra la ciudadana AURA M.....