este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICA Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ANA XIOMARA PERNÍA DE KUM, LILIANA ANDREINA KUM PERNÍA, HUMBERTO ALEJANDRO KUM PERNÍA, , de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nro 4.584.851, 15.518.883 y 15.518.882, con el carácter de causahabiente, quienes son esposa e hijos del causante, ciudadano HUMBERTO KUM RODRÍGUEZ quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 3.719.210