ÚNICO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado CRISTIAN JONHATAN FARIA MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.228.625, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 191.352 y de este domicilio, actuando en nombre y representación de la ciudadana CARMEN ROSA MALDONADO RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° V-3.789.656, contra la decisión dictada el 18 de marzo de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en el expediente signado con el número 8972, de la nomenclatura de ese Tribunal.
No se condena en costas a la quejosa por no considerarse temeraria la presente acción.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 3.397 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y.....