ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCIÓN a la adolescente LAURA DARLENE GRATEROL HERNÁNDEZ, titular del a Cédula de Identidad N°V-20.033.015, y su grupo familiar que habitan con ella en la siguiente dirección: Calle Ricaurte, Edificio San Valero, Piso 3, Apartamento 29, Guarenas, Municipio Autónomo Plaza del estado Miranda, hasta la culminación del proceso en el que aparece como víctima y a tales efectos, considerando el alto riesgo que corren los derechos de la precitada ciudadana y sus familiares, se ordena oficiar a la Policía Municipal del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, con sede en Guarenas, para que implementen los mecanismos idóneos de cuido, vigilancia y resguardo de las personas beneficiarias de la presente Medida de Protección, con indicación del lugar de residencia de los mismos, así como también la dirección del la Unidad Educativa donde cursa estudios la adolescente antes mencionada. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 55 y 285 de la Constitución de l.....