DISPOSITIVO
En fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición propuesta por Dra. Tania Rivas Sojo, en su carácter de Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave. Así se decide.
Se ordena la publicación del presente fallo en la página Web de la Región del Estado Miranda del Tribunal Supremo de Justicia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los veintidós (22) días del mes de enero del año dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.