DISPOSITIVO
En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la entidad de trabajo demandada la sociedad mercantil INGENIERÍA Y PROYECTOS ENRIQUE TABOADA, C.A (INGPROYET, C.A) identificada a los autos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte accionante. TERCERO: SE MODIFICA la decisión de fecha 05 de noviembre de 2014 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otras acreencias laborales, incoaran los ciudadanos JOSÉ ALBERTO LARA, JOSÉ LUIS DURAN.....