DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la medida preventiva de amparo cautelar solicitada sobre el acto administrativo de efectos particulares contenido en las providencias Nº. 834-2013, dictada en fecha 19 de noviembre de 2013 y la Nº 158-2013, dictada en fecha 08 de abril de 2014, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", de la ciudad de Guatire, Municipio Zamora, del Estado Bolivariano de Miranda, requerida por la representación judicial de la entidad de trabajo SUPERMERCADOS UNICASA, C.A.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Se ordena la publicación del presente fallo en l.....