hace el siguiente Pronunciamiento:
PRIMERO.: Condena Al Ciudadano: SILVA PARADA, MIGUEL ANGEL, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 30/09/1957, de 49 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Electrista, desempeñándose actualmente como Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V.-5.408.268, hijo de: JUANA BAUTISTA PARADA DE SILVA (V) y EDUARDO DE LAS MERCEDES SILVA AZUAJE (f), domiciliado en: Urbanización Los Naranjos, Zona 02, Casa Nº A-34, Guarenas, Estado Miranda., según lo contemplado en el artículo 37 del Código Penal a cumplir la pena de prisión de dos (2) años y seis (6) meses, aun cuando el tribunal tomo en consideración los artículos 74 Ordinales 2º y 4º y 77 ordinal 8º del mencionado texto legal , por la comisión del delito de homicidio culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal , en perjuicio de la ciudadana: CLAUDIO DE REGALADO OLGA, de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del COPP, ya que.....