Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La inmediata libertad del imputado, ROSALIO ANTONIO BASTIDAS , quien es de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de identidad N° V- 11.569.008, de estado civil soltero, de 37 años de edad, nacido, residenciado en Residencias Humbol, kilómetro 19 del junquito , casa N° 48, Caracas, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad conforme lo previsto en el articulo 256 ordinal 3° Ejusdem,.
SEGUNDO: El procedimiento a aplicar es el procedimiento ordinario, conforme lo establecido en el artículo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las presentes actuaciones al Fiscal Séptimo del Ministerio Público. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE Control
DRA. NELIDA ACOSTA
.....