Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana DORIS DELIA SÁNCHEZ en contra de los ciudadanos JULIO ALEXIS SALCEDO SÁNCHEZ. DEISY CAROLINA SALCEDO SÁNCHEZ, YELITZA COROMOTO
SALCEDO SÁNCHEZ, YONATHAN JOSÉ SALCEDO SÁNCHEZ, LUIS ANTONIO SALCEDO SÁNCHEZ y ALEXANDRA SALCEDO BORRERO, en su condición de
hijos y herederos del ciudadano JULIO CÉSAR SALCEDO plenamente identificados en autos, en consecuencia:
PRIMERO: Se DECLARA LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN CONCUBINARIA, entre la ciudadana DORIS DELIA SÁNCHEZ y JULIO CESAR SALCEDO, desde el 15 de marzo de 1982 hasta el 24 de junio de 2016, fecha del fallecimiento del ciudadano JULIO CESAR SALCEDO.
SEGUNDO: no hay con.....