Se DECLARÓ ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas EMMA PERDOMO BELISARIO, KARINA VANNESSA BAQUERO PERDOMO y KARELYS YELITZA BAQUERO PERDOMO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.165.019, V- 18.750.842 y V- 24.464.267, en su orden, en su carácter de cónyuge e hijas del causante RODOLFO DE JESUS BAQUERO, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.358.879, quien falleció el día treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022), tal como se desprende del acta de defunción No. 2415, emitida por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador, Distrito Capital en fecha primero (01) de diciembre de dos mil veintidós (2022), todo esto sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.