SANCIONA a cumplir PRIMERO: las Medidas de Imposición de REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: a) la obligación de culminar la educación básica y diversificada, para lo cual deberá consignar ante el Tribunal de Ejecución las constancias de los lapsos correspondientes del grado que este cursando, b) Prohibición de hacerse acompañar de personas de conducta no apta o de dudosa reputación, c) la obligación de realizar cursos de capacitación de cualquier oficio que le ayude a su formación debiendo consignar igualmente constancia del referido curso ante el Tribunal de Ejecución, d) Igualmente se le impone la obligación de ubicar y establecerse e un trabajo que le procure de manera digna la obtención de recursos que consecuencialmente le ayudaran a sufragar sus gastos de manutención, todo lo cual ayudara la reinserción a la sociedad, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 620 (Literal “B”), en concordancia con el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Ni.....