Como consecuencia de lo anteriormente expuesto este Tribunal, a tenor de lo establecido en el mencionado artículo 630 del Código de Procedimiento Civil decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre un inmueble propiedad de la demandada ciudadana SOFÍA ANGÉLICA SANTIS de LAZCANO, identificado de la siguiente manera: inmueble con el Nro. 36-44, ubicado en el piso Tres (3) del Edificio distinguido con el Nro. 36-2, del Conjunto Residencial La Casona Lote Etapa 7, de la Urbanización La Casona, constituido por las parcelas A8A9A10, producto de la integración de las parcelas A-8, A-9 y A-10, de la Urbanización El Castillejo, Jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda, con una superficie aproximada de 62,44 Mts2, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Apartamento 36-43; SUR: Fachada Sur; ESTE: Fachada Este y Escalera; y OESTE: Fachada Oeste.