Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN a VIRGINIA AZOCAR DE LEON, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.813.225, número telefónico: 0414-312.33.50, 0424-343.87.69 y 0414-905.19.90 y su grupo familiar, la cual consiste en CUSTODIA RESIDENCIAL MEDIANTE LA VIGILANCIA DIRECTA, que será practicada por funcionarios del instituto Autónomo de Policía del Estado Bolivariano de Miranda, Comisaría de Santa Teresa del Tuy, Región Policial N° 05, en la residencia VIRGINIA AZOCAR DE LEON, venezolana, casada, de 48 años de edad, de profesión del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.189.355, y residenciada en la calle Bolívar transversal 14, sector.....