"... este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la representación judicial de la tercera interesada. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 01 de agosto de 2012, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, en el procedimiento en el que se tramita la demanda de nulidad intentada por INNOVACIONES JAPONESAS INJACA, C.A, en contra de la providencia administrativa N° 379-2010, , dictada en fecha 29 de julio de 2010, por la Inspectoría del Trabajo José Rafael Nuñez Tenorio con sede en Guatire, del Estado Bolivariano de Miranda. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo ..."