emite los siguientes pronunciamientos, PRIMERO. CONDENA al joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, a CUMPLIR SUCESIVAMENTE, conforme al parágrafo primero del articulo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, LA SANCIÓN DE UN (1) DE LIBERTAD ASISTIDA, UN (1) AÑO DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, y SEIS (6) MESES DE SERVICIOS COMUNITARIOS, delito este que le fuera imputado por el Representante del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 583, 620 literales "b" y "d", en concordancia con los articulo 622, 624, 625 y 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Con la lectura y firma del acta de audiencia quedaron las partes debidamente notificadas de lo aquí acordado, en confor.....