En consecuencia al descontar el tiempo en que ha estado privado de su libertad el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, es decir Un (01) Año, Un (01) Mes y Veinticinco (25) días, al tiempo de la sanción impuesta la cual es de TRES (03) AÑOS, al mismo le falta por cumplir UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES y CINCO (05) días, culminando la misma en su totalidad en fecha VEINTISIETE (27) de MAYO del año 2006. Notifíquese a las partes, Ofíciese al Centro de Diagnostico y Tratamiento ¿Francisco de Miranda N° 2¿ con sede en Los Teques