REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, efectuada en el Tribunal Móvil realizado en la casa de la Cultura de la Parroquia Cupira, Municipio Pedro Gual del estado Bolivariano de Miranda, por el ciudadano JOSÉ LEONARDO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la Cedula de Identidad número V-25.232.676, asistido en este acto por la abogado DANIELLYS MONSALVE inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 298.421, en su carácter de Defensor Público del Estado Bolivariano de Miranda, y los recaudos anexados son los que a continuación se mencionan:
Copia de la cédula de identidad de JOSÉ LEONARDO ZAMBRANO (solicitante).
Original de autorización emitida por la Sindicatura del Municipio Pedro Gual del Estado Boliva.....