Se declara:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL INTERÉS, en la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, suscrita por los ciudadanos ADRIANA YALITZA PAZ y CIRO ALFONSO USECHE ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-10.887.102 y V-7.997.502, respectivamente, debidamente asistidos por la Defensora Pública Provisoria Segunda con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito Abogada NULBY PALACIOS inscrita en el Inpreabogado 108.086y recibida a través del Tribunal Distribuidor de turno en fecha 09 de abril del 2024.
SEGUNDO: No hay pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de decisión.