emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA DE OFICIO LA EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN PENAL POR MUERTE DEL SANCIONADO IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en relación 83 ambos del Código Penal, y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: RONDON HERNANDEZ MANUEL ANTONIO, URIEPERO LOPEZ DELSY YOLE y MARTINEZ FRANCO JESUS ALFREDO, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal, en relación con los artículos 646 y 647 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.